REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de enero de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-002394

Visto el escrito de pruebas (folios 35 y reverso) presentado por la abogada Fabiana S. Felce G, en su condición de apoderada judicial (folio 11) del accionante, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: En cuanto a las Instrumentales reseñadas en el particular «I», se deja constancia que componen los folios 36 y 37, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.

SEGUNDO: En lo que corresponde al Requerimiento de Informes del acápite «II», el Tribunal lo admite y ordena oficiar lo conducente a «Banesco Banco Universal, c.a.», a objeto que informe sobre lo peticionado por la promovente en su escrito de pruebas, del cual se ordena expedir copias certificadas (folio 35 y reverso) para anexar a dicha comunicación.

TERCERO: En pronunciamiento a las Testimoniales, se deja constancia que los ciudadanos Mirian Castro y Chessy Bravo, deberán comparecer a la audiencia de juicio a rendir sus declaraciones en calidad de testigos.-

Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto el demandante como los órganos directivos y gerenciales de la accionada que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.

El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
El Secretaria,
SERGIO VIEIRA.

CJPA/Ifill.-