REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de enero de dos mil diez (2010)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-004381

Visto el escrito de pruebas (folios 39–41 inclusive) presentado por el ciudadano Prospero San Juanelo, en su carácter de accionante, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: En pronunciamiento a las Testimoniales señaladas en el capítulo «I», se deja constancia que los ciudadanos Henry Quintero, Julio J. Isturiz G. y José L. Infante R., deberán comparecer a la audiencia de juicio a rendir sus declaraciones en calidad de testigos.

SEGUNDO: En cuanto a las Instrumentales reseñadas en el capítulo «II», se deja constancia que componen los folios 42–63 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.

Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto el demandante como los órganos directivos y gerenciales de las coaccionadas que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.

El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
El Secretario,
SERGIO VIEIRA.
CJPA/Ifill.-