REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Tercero (23°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de Enero de dos mil diez (2010)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-S-2009-001139

Vista la diligencia presentada por ante la URDD, de fecha 25 de enero de 2010, por la parte actora Ciudadano LUIS ARTURO ACUÑA, titular de la cedula de identidad N° 4.676.691, debidamente asistido por la abogada ZORAYMA FRAGOSA, inscrita en el IPSA bajo el N° 69.593, a fin de exponer: “…..por cuanto la ciudadana Judith Escalona de Páez, identificada en autos, hizo de manera voluntaria la entrega material del inmueble objeto de la presente causa, en nombre de mi representada DESISTO de la presente acción y solicito del Tribunal se sirva dar por terminada la presente causa y se ordene el archivo del expediente……” En consecuencia este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO EN LOS TERMINOS SOLICITADO. Así se decide.
Por todo lo antes expuesto, se da por terminada la presente causa y se ordena el cierre informático y archivo definitivo del expediente.


La Jueza


Abog. Zaira Faneite Bravo
La Secretaria


Abog. Carla Orejarena