REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 9.
Caracas, Doce (12) de Enero de dos mil diez.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-020850
Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentado por el Abogado JUAN ANTONIO GUERRA GARCIA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Centésimo Quinto del Ministerio Publico, actuando en resguardo e interés del niño (...), hijo de los ciudadanos DAVID BARRERA PEREIRA y ANA DEL CARMEN GONZALEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-17.514.481 y V-16.413.132, respectivamente; y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley.