REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 9.
Caracas, Quince (15) de Enero de dos mil diez.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-021546

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentado por la ciudadana AMBAR JULEIDY SANCHEZ F., en su carácter de Defensora del Niño y del Adolescente, acreditada bajo el N° 115, adscrita a la Defensoría del Niño y del Adolescente “BETO MORALES”, de la Fundación Luz y Vida, ubicada en la Calle Madelaine, Casa N° 12-07, Centro Historico de Petare, actuando en interés de las niñas (...) y (...), hijas de los ciudadanos WILFREDO SIMON JULIO ROMERO y MILENA ISABEL VASQUEZ ACUÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-12.962.672 y V-15.439.723, respectivamente; y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley.