REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 9.
Caracas, Ocho (8) de Enero de dos mil diez.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-020719

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentado por la Abogada MARÍA MAGDALENA PEÑA FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública Suplente Décima Segunda de Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, actuando en resguardo y beneficio de la niña (...), hija de los ciudadanos YORMAN JOSÉ ALVARADO OROPEZA y URSULA MARÍA DEL CARMEN YEPEZ GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-15.616.143 y V-17.302.440, respectivamente; y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley.