REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 9.
Caracas, Ocho (08) de Enero de dos mil diez.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-022064

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentado por la Abogada GRACIELA AGUILAR, en su carácter de Fiscal Centésima del Ministerio Publico, actuando en defensa del interés superior de los adolescentes (...), (...) y del niño (...), hijos de los ciudadanos LILIBETH DEL VALLE BOLIVAR DE MARQUEZ y JESUS MANUEL MARQUEZ ESCALANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-12.061.901 y V-12.462.967, respectivamente; y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley.