REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 14 de enero de 2010
199º y 150°

ASUNTO: AP51-S-2009-021427

Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana ROCIO AZUCENA FIGUEROA CALDERON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-22.758.416, debidamente asistida de abogado, actuando en nombre y representación de su hija, la niña (…), de cinco (05) años de edad; promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos LUIS GREGORIO RODRIGUEZ TENIA y ADRIAN MANUEL SANCHEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.421.113 y V-20.630.768, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Único y Universal Heredero del De Cujus HUMBERTO FERNANDES DA SILVA, quien era titular de la cédula de identidad Nro. E-82.134.121, a su hija (…), de cinco (05) años de edad. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Abg. DANIA RAMIEZ CONTRERAS
Abg. LENNI CARRASCO