REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 22 de Enero de 2010
199º y 150°

ASUNTO: AP51-S-2009-020811
Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana SILVIA MARIA CARBALLO KEY, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.105.839, debidamente asistida de abogado, actuando en nombre y representación de sus nietas, las niñas (…), de cinco (5) años de edad; promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de las testigos, ciudadanos RAMON ALEXANDER MUÑOZ PACHECO y REINALDO EZEQUIEL CARAO RUDAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.174.220 y V-16.563.476, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus GUSTAVO ADOLFO CARBALLO KEY, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-15.343.863, a sus hijas, (…), de cinco (5) años de edad. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ

ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS
LA SECRETARIA

ABG. LENNI CARRASCO


DRC/LC/Freddy Molina