REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº 13
Caracas, 25 de enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AP51-V-2009-013664
Vista el acta que antecede levantada a los ciudadanos JULIO ELIEZER LOBO ROJAS y AQUEMIS FUENTES IGLESIAS, venezolanas, mayor de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V.-14.447.785 y V.-15.274.983, respectivamente, los cuales manifestaron su deseo se desistir de la presente causa. En consecuencia, Despacho Judicial a cargo de la Jueza Unipersonal Nº XIII de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, declara DESISTIDA la presente solicitud, dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminada la misma. Archívese el presente expediente. Se acuerda devolver todo documento original, para lo cual se acuerda librar oficio a la Oficina de Atención al Público a fin de que haga entrega de dichos originales, una vez que las partes interesadas hayan consignado los fotostatos correspondientes. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.-
La Jueza,

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren.
La Secretaria,

Abg. Airam Rojas
JQA/Kristian Castellanos
AP51-V-2009-013664