REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal Nº XIV

Caracas, 13 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-V-2009-014033
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto, en especial el acta que antecede, mediante la cual se dejo constancia de la no comparecencia de los ciudadanos JOSÉ ROSARIO CAMPOS ZABALA y LEIVIS FRANCIS PINERA BARRIOS, en su carácter de demandante y demandada, respectivamente, al PRIMER ACTO CONCILIATORIO, asimismo se dejó constancia de la comparecencia de la abogado ELDA THAIS MARRERO GUZMAN, en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público, mediante la cual en ese mismo acto solicitó la extinción del proceso en virtud de ello, esta Sala de Juicio observa que el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente:
… Este acto tendría lugar pasados que sean cuarenta y cinco días después de la citación del demandado, a la hora que fije el Tribunal. A dicho acto comparecerán las partes personalmente y podrán hacerse acompañar de parientes o amigos, en número no mayor de dos por cada parte. La falta de comparecencia del demandante a este acto será causa de extinción del proceso.
En consecuencia, este Despacho Judicial, por remisión expresa del artículo 461, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO. Asimismo, se acuerda dar por terminado los cuadernos separados signados bajo los Nros. AH51-X-2009-000867, AH51-X-2009-000868 y AH51-X-2009-000869, déjese copia certificada de la presente en dichos cuadernos. Y así se declara.-
Y así se declara.-
LA JUEZA

LA SECRETARIA
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA

ABG. ROBSY RIVAS

YLV/RRluisilva
AP51-V-2009-014033
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