REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, Trece (13) de Enero de Dos Mil Diez (2010)
Años: 199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-018824

Solicitantes: ANA CRISTINA SAAVEDRA THERY y MIGUEL ARMANDO FUMERO LESSMANN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.068.282 y V-5.967.395, respectivamente.-
Abogado Asistente: YAMILET HERRERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 35.743.-
Niños: (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), de diez (10), siete (07) y seis (06) años de edad, respectivamente.-
Motivo: Divorcio con Fundamento al Artículo 185-A del Código Civil.-


Se inicio el presente procedimiento mediante solicitud presentada en fecha 03/11/09, por los ciudadanos ANA CRISTINA SAAVEDRA THERY y MIGUEL ARMANDO FUMERO LESSMANN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.068.282 y V-5.967.395, respectivamente, debidamente asistidos de abogado, quienes efectuaron petición de Divorcio con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil, alegando ruptura prolongada de la vida en común por más de cinco (05) años.-
Por auto de fecha 05/11/09, se admite dicha solicitud, ordenándose la notificación del Representante de la Vindicta Pública. Citada la Representación Fiscal, en fecha 12/11/09, haciendo acto de presencia en este Circuito Judicial de Protección en data 24/11/09, en la persona de la Abg. ROMENIA RINCON, Fiscal 93° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, quien emitió opinión favorable con relación a la presente causa.-
Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ANA CRISTINA SAAVEDRA THERY y MIGUEL ARMANDO FUMERO LESSMANN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.068.282 y V-5.967.395, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 14/06/1997, por ante el Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador del Distrito Capital, Acta Nro. 28, del año 1997.-
En cuanto a las hijas habidas durante el matrimonio, (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), de diez (10), siete (07) y seis (06) años de edad, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala de Juicio le imparte su respectiva Homologación al acuerdo suscrito por las partes en su escrito de solicitud en lo relativo a las Instituciones Familiares de Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención. Así se decide.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de Enero de Dos Mil Diez (2010). Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA

ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
ABG. CIOLIS MOJICA


En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA

ABG. CIOLIS MOJICA






YCH/CM/YCEBERG.-
ASUNTO: AP51-S-2009-018824