REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 11 de Enero de 2010
199º y 150º

Quien, suscribe Norka Cobis, secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, hace constar de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, por medio de la presente, que el expediente distinguido con el número juris AP11-R-2010-000017, se recibió procedente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, que a su vez lo recibió del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivo del juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento seguido por Inmobiliaria Palamar C. A., contra Casas Salcedo C. A., el cual está formado por un cuaderno principal en ciento once (111) folios útiles y cuaderno de medidas en cincuenta y tres (53) folios útiles.- Caracas, a los 11 días del mes de enero de 2010.- Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA SECRETARIA


NORKA COBIS RAMIREZ


Hora de Emisión: 8:09 AM
Asistente que realizo la actuación: jaime

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 11 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP11-R-2010-000017

Por recibido el presente expediente distinguido con el número juris AP11-R-2010-000017, procedente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, que a su vez lo recibió del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivo del juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento seguido por Inmobiliaria Palamar C. A., contra Casas Salcedo C. A., el cual está formado por un cuaderno principal en ciento once (111) folios útiles y cuaderno de medidas en cincuenta y tres (53) folios útiles, el Tribunal ordena darle entrada anotarlo en los libros respectivos, en consecuencia la juez de este despacho, se avoca a su conocimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil, fija el décimo (10mo) día de despacho siguiente a la presente fecha, para dictar sentencia.-
La Juez

María Rosa Martínez Catalán
La Secretaria

Norka Cobis


Hora de Emisión: 8:09 AM
Asistente que realizo la actuación: jaime