REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 14 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AH15-X-2010-000003
Conforme a lo ordenado en el Cuaderno Principal del Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (Intimación), sigue La Sociedad Mercantil BANCO DEL TESORO, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra La Sociedad Mercantil MULTITIENDAS MILENIO, C.A., en la persona de su Presidente, ciudadano SAMER BOUDAKKA EL SAFADI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.765.979, el cual se sustancia en el Expediente Nº AP11-M-2009-000534, se abre el presente cuaderno de medidas para proveer sobre la medida solicitada. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, se decreta medida de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad SETECIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 705.571,85), que comprende el doble de la suma que su pago se demanda, o sea, la suma de TRESCIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 313.587,49), más las costas procésales calculadas por el Tribunal en SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 78.396,87), con la advertencia que si el embargo recae sobre cantidades líquidas será hasta por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 391.984,36).- Para la práctica de la medida decretada se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (que por distribución le corresponda), al cual se ordena librar despacho y remitirlo anexo a oficio al Juzgado Distribuidor de Turno.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. LEOXELIS VENTURINI