REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, (21) de Enero de dos mil Diez (2010).-
199º y 150º.-
Asunto: AH15-S-2008-000369
PARTE SOLICITANTE: BETANCOURT HERNANDEZ ARMANDO GABRIEL Y FORNICA SICILIANI DESIREE JOSEFINA, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-14.406.363 y V-12.095.918, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: MARITZA ZAMORA PONCE, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 12.365-
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS (Conversión en Divorcio).-
TIPO SENTENCIA: DEFINITIVA.-
Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos ARMANDO GABRIEL BATANCOURT HERNANDEZ y DESIREE JOSEFINA FORNICA SICILIANI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-14.406.363 y 12.095.918, respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana MARITZA ZAMORA PONCE, abogada en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 12.365, mediante la cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos y Bienes; alegaron que contrajeron matrimonio el día 20 de Noviembre de 2004, por ante la Primera Autoridad Civil del Jefe Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia de Copia Certificada consignada del acta de matrimonio N° 147, que una vez contraído dicho matrimonio establecieron su domicilio conyugal en la siguiente dirección: Calle 6-a Quinta Trinita (anexo) Vista Alegre, Caracas. .-
Que en fecha 06 de Agosto de 2007, este Tribunal exhorto a los cónyuges a la reconciliación y sin haberse logrado la misma, decretó la Separación de Cuerpos y Bienes.-
Que en fecha 08 de Octubre de 2008, comparecieron los ciudadano ARMANDO GABRIEL BETANCOURT HERNANDEZ Y DESIREE JOSEFINA FORNICA SICILIANI, debidamente asistidos por la ciudadana MARITZA ZAMORA PONCE, abogada en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 12.365, solicito la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos.-
Que en fecha 09 de Diciembre de 2009, comparecieron los ciudadanos ARMANDO GABRIEL BETANCOURT HERNANDEZ Y DESIREE JOSEFINA FORNICA SICILIANI, debidamente asistidos por el ciudadano ANGEL TOLEDO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 89.004, solicitan la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos.
Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
II
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente que los cónyuges ciudadanos ARMANDO GABRIEL BETANCOURT HERNANDEZ y DESIREE JOSEFINA FORNICA SICILIANI, han vivido separados de cuerpo por más de un (01) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales previstos en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, es procedente la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpo y Bienes solicitada.- Y ASI SE DECIDE.-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los cónyuges ARMANDO GABRIEL BETANCOURT HERNANDEZ y DESIREE JOSEFINA FORNICA SICILIANI, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los une, contraído el día 20 de Noviembre de 2004, por ante la Primera Autoridad Civil del Jefe Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, acta de matrimonio N° 147.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 21 días del mes de Enero del Dos Mil Diez (2010).- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABOG. LEOXELYS VENTURINI.-
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA TITULAR,
AMCdeM/LV/NP.-
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