REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 199º y 150º
Exp. No AP31-S-2009-008305
SOLICITANTE (S): Ciudadana ELINOR FREDA SKEATE ULRICH, de nacionalidad estadounidense, identificada con el Pasaporte Americano Nº 304764482, debidamente asistida por la Abogada TERESA DE JESÚS HERNÁNDEZ, IPSA Nº 57.324.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
I
Acude ante esta Instancia la ciudadana MARTA CENTENO YABRUDY, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 3.721.741, actuando en nombre y representación de la ciudadana ELINOR FREDA SKEATE ULRICH, de nacionalidad estadounidense, identificada con el Pasaporte Americano Nº 304764482, debidamente asistida por la Abogada TERESA DE JESÚS HERNÁNDEZ, IPSA Nº 57.324, correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.
Como fundamentos de su solicitud, expone la solicitante lo siguiente:
Que en fecha 16-05-2008, falleció Ab-Intestato en el Instituto de Diagnostico de San Bernardino, ubicado en la Ciudad de Caracas, la ciudadana MARIAN IRENE ULRICH, natural de Estados Unidos, soltera, de profesión biólogo, titular de la cédula de identidad Nº E-918.830, con domicilio en la Avenida José Feliz Rivas, Edificio Atlantic, piso 3, Apto 306, en San Bernardino, según consta en el Acta de Defunción expedida por la Casa del Poder Popular Jefatura Civil de la Parroquia San Bernardino, adscrita a la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, donde quedó inserta bajo el Nº 471, de los Libros de Registro Civil de Defunciones del año 2008 llevados por ese Despacho.
Que le sobrevive como su única y legitima hermana, ciudadana ELINOR FREDA SKEATE ULRICH, (antes identificada).
Solicitó a este Juzgado se sirviera declarar a ELINOR FREDA SKEATE ULRICH, (antes identificada), como Única y Universal Heredera, de la De Cujus MARIAN IRENE ULRICH (antes identificada), a tal efecto solicitó se interrogara a los testigos que oportunamente presentará, para que se les interrogue sobre los particulares contenidos en su escrito de solicitud.
Ahora bien, visto el contenido del escrito de Solicitud presentado por la ciudadana MARTA CENTENO YABRUDY, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 3.721.741, actuando en nombre y representación de la ciudadana ELINOR FREDA SKEATE ULRICH, de nacionalidad estadounidense, identificada con el Pasaporte Americano Nº 304764482, debidamente asistida por la Abogada TERESA DE JESÚS HERNÁNDEZ, IPSA Nº 57.324, y el pedimento contenido en la misma y revisados uno a uno los recaudos presentados junto a este escrito de solicitud, mediante la cual se pretende que le sea declarada la condición de Única y Universal Heredera de quien en vida respondiera al nombre de MARIAN IRENE ULRICH, este Tribunal observa, que de los mismos no se evidencia la condición de heredera de la ciudadana ELINOR FREDA SKEATE ULRICH, en consecuencia NIEGA la admisión de la presente solicitud y así se decide.
Regístrese, publíquese, Notifíquese y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (18) días del mes de enero de 2010. Años: 199º y 150º
LA JUEZ TITULAR
DRA. LORELIS SANCHEZ
EL SECRETARIO TITULAR
ABG. EDUARDO GUTIERREZ
En la misma fecha, siendo las (11:55 A.M), se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO TITULAR
ABG. EDUARDO GUTIERREZ
Exp. Nº AP31-S-2009-008305
LS/EG/néstor.
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