REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 199º y 150º.

No Exp. AP31-S-2010-000127

SOLICITANTE (S): Ciudadanos CARLA ROSALYN CASTAÑEDA RAMIREZ y KEN WILMER CASTAÑEDA BETANCOURT, representados judicialmente por la Abogada NIURKA CARABALLO CASTAÑEDA, I.P.S.A Nº 68.970, según Poder Autenticado ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 05/01/2010, bajo el Nº 16, Tomo 01, y ciudadanos MILAGROS DEL VALLE CASTAÑEDA CORTEZ, CARLOS ALEXEVICH CASTAÑEDA GONZALEZ, y YONATHAN COWARD CASTAÑEDA RAMIREZ, todos venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.679.746, 14.196.347, 19.781.193, 19.875.896 y 13.379.916, respectivamente.

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

I
Acude a esta Instancia la ciudadana NIURKA CARABALLO CASTAÑEDA, Abogada en ejercicio, I.P.S.A Nº 68.970, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos CARLA ROSALYN CASTAÑEDA RAMIREZ y KEN WILMER CASTAÑEDA BETANCOURT, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.679.746 y 14.196.347, respectivamente, correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.
Como fundamentos de su solicitud, solicitan los peticionantes, que este Juzgado se sirva interrogar a los testigos que oportunamente presentarán, para que se le interrogue sobre los particulares contenidos en su escrito de solicitud de Únicos y Universales Herederos.
Asimismo, solicitan a este Juzgado que la presente solicitud sea admitida y sustanciada conforme a derecho, declarando la condición de Únicos y Universales Herederos de CARLOS OMAR CASTAÑEDA.

Ahora bien, junto al escrito de Solicitud de Únicos y Universales Herederos los peticionantes acompañaron al mismo los siguientes instrumentos:
• Original Instrumento Poder Poder Autenticado ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 05/01/2010, bajo el Nº 16, Tomo 01, folios 04 al 06 (ambos inclusive).
• Copia Certificada del Acta de Defunción Nº 266, Año 2.009, a nombre de CARLOS OMAR CASTAÑEDA, emanada de la Dirección del Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, de fecha 29-10-2.009, folios 07 al 08 (ambos inclusive), la cual corre inserta en copia simple al folio 09.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 2785, a nombre de CARLA ROSALYN, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 03-09-1980, (folio 10), la cual corre en copia simple al folio 26.
• Constancia de Datos Filiatorios a nombre de CARLA ROSALYN CASTAÑEDA RAMIREZ, emanado de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios adscrito al Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería, (folio 11).
• Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 1019, a nombre de YONATHAN COWARD, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 18-04-1977, (folio 12), la cual corre inserta en copia simple al folio 27.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 157, a nombre de MILAGROS DEL VALLE, emanada de la Primera Autoridad Civil del Municipio Piar del Estado Monagas, de fecha 24-04-1987, (folio 13).
• Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 198, a nombre de CARLOS ALEXEVICH CASTAÑEDA GONZALEZ, emanada de la Primera Autoridad Civil del Municipio Piar del Estado Monagas, de fecha 17-08-1989, (folio 14).
• Copia simple del Acta de Nacimiento Nº 2294, a nombre de KEN WILMER, emanada de la Oficina Principal del Registro Público del Distrito Federal, de fecha 17-12-1979, (folios 15 y 25), la cual corre inserta en copia certificada al folio 16.
• Copias simples de la Cédula de Identidad y Registro de Información Fiscal (RIF) Nº V-19781193-1, a nombre de CASTAÑEDA CORTEZ MILAGROS DEL VALLE, folios 17 y 18 (ambos inclusive).
• Copias simples de la Cédula de Identidad y Registro de Información Fiscal (RIF) Nº V-14196347-0, a nombre de CASTAÑEDA BETANCOURT KEN WILMER, folios 19 y 20 (ambos inclusive) y folio 22.
• Original de datos telefónicos, folio 21.
• Copias simples de la Cédula de Identidad y Registro de Información Fiscal (RIF) Nº V-13379916-4, a nombre de CASTAÑEDA RAMIREZ YONATHAN COWARD, folio 23.
• Copias simples de la Cédula de Identidad y Registro de Información Fiscal (RIF) Nº V-14679746-2, a nombre de CASTAÑEDA R. CARLA R, folio 24.
• Copia simple de la Cédula de Identidad a nombre de CASTAÑEDA GONZALEZ. CARLOS ALEXEVICH, folio 28.

Ahora bien, visto el contenido del escrito de Solicitud presentada por la Abogada NIURKA CARABALLO CASTAÑEDA, Abogada en ejercicio, I.P.S.A Nº 68.970, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos CARLA ROSALYN CASTAÑEDA RAMIREZ y KEN WILMER CASTAÑEDA BETANCOURT, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.679.746 y 14.196.347, respectivamente, y el pedimento contenido en la misma y revisados uno a uno los recaudos presentados junto a este escrito de solicitud, mediante la cual se pretende que le sea declarada la condición de Únicos y Universales Herederos a los ciudadanos NIURKA CARABALLO CASTAÑEDA, CARLA ROSALYN CASTAÑEDA RAMIREZ, KEN WILMER CASTAÑEDA BETANCOURT, MILAGROS DEL VALLE CASTAÑEDA CORTEZ, CARLOS ALEXEVICH CASTAÑEDA GONZALEZ, y YONATHAN COWARD CASTAÑEDA RAMIREZ, de quien en vida respondiera al nombre de CARLOS OMAR CASTAÑEDA, sin embargo, se extrae del escrito de solicitud que la ciudadana NIURKA CARABALLO CASTAÑEDA manifiesta lo siguiente: “…quién en vida fue mi padre, dejando como únicos y universales herederos a mis hermanos y mi persona…”, folio 02, así mismo, se extrae del escrito de solicitud, folio 02, Acta de Nacimiento Nº 2785, folio 10, Constancia de Datos Filiatorios, folio 11, copias simples de la cédula de identidad y del Registro de Información Fiscal (Rif) Nº V- 14679746-2, folio 24, que el nombre de uno de los solicitantes es: “…CARLA ROSALYN CASTAÑEDA RAMIREZ …”, se extrae del Acta de Defunción Nº 266, que: “…y deja Cinco (5) Hijos e Hijas de nombres: YONATHAN COWARD CASTAÑEDA RAMIREZ, KEN WILMER CASTAÑEDA BETANCOURT, CARLA ROSELYN CASTAÑEDA RAMIREZ, MILAGROS DEL VALLE CASTAÑEDA CORTEZ (MINUSVALIDA) y CARLOS ALEXEVICH CASTAÑEDA GONZALEZ…” , (folio 07), en consecuencia, vistas las disimilitudes existentes entre el escrito de solicitud y sus recaudos anexos, motivos estos que le impiden a este Jurisdicente, dadas las consideraciones aquí expuestas admitir la presente solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, y así se decide.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (21) días del mes de Enero de dos mil diez (2010). Años: 199º y 150º
LA JUEZ TITULAR

DRA. LORELIS SANCHEZ
EL SECRETARIO TITULAR.

Abg. EDUARDO JOSE GUTIERREZ

En esta fecha, siendo las 10:38 a.m., se registró y publicó la anterior decisión
EL SECRETARIO TITULAR.

Abg. EDUARDO JOSE GUTIERREZ
AP31-S-2010-000127
LS/Ejg/br