ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-003145
PARTE ACTORA: MARYORI QUINTERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ELBA SERRANO
PARTE DEMANDADA: BANESCO BANCO UNIVERSAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CAROLINA BELLO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy once (11) de enero de dos mil diez (2010), siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció la abogada CAROLINA BELLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 118.271, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199°.
La Jueza,
Abg. Karla González Mundaraín
Apoderada judicial de la parte demandada
El Secretario,
Abg. Oscar Rojas
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