REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 41° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete de enero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-006466
Visto escrito transaccional de fecha 17.12.2009, debidamente suscrito por la parte demandante SIMON ANDRES TOVAR URBINA, titular de la Cédula de la Identidad N°. V- 15.715.473, plenamente identificado en autos, debidamente asistido por el profesional del derecho FRANCISCO RODRIGUEZ, titular de la Cédula de la Identidad N° 14.215.098, inscrito en el IPSA bajo el N° 111.503, y por la parte demandada el apoderado judicial FELIX FIGUERO, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 29.441, plenamente identificado en autos, mediante el cual llegan a un acuerdo a los fines de poner fin a la demanda que por DAÑO MTERIAL (LUCRO CESANTE Y DAÑO EMERGENTE) DAÑO MORALES Y PRESTACIONES SOCIALES, aceptando la parte actora SIMON ANDRES TOVAR URBINA, satisfactoriamente la cantidad de Bs. 45.000,oo mediante Cheque de Gerencia N° 56077049, librado contra el Banco Mercantil, carácter no endosable, cancelada por la parte demandada EMPRESA GALUE 2000 C.A., este Juzgado por cuanto considera que la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. En consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.
Finalmente, se acuerda expedir 02 juegos de copias cerificadas de la transacción presentada en fecha 17.12.2009 y del presente auto que la homologa. SE INSTA A LAS PARTES CONSIGNEN LAS COPIAS SIMPLES OBJETO DE CERTIFICACION. ES TODO.
LA JUEZ
EL SECRETARIO
OLKARIS BRICEÑO
HENRY CASTRO