REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-004631
PARTE ACTORA: RICHARD ENRIQUE PARRA HERNANDEZ
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: YANET BARTOLOTTA HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: CORPORACION CARDENAS C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE HERNANDEZ
MOTIVO: DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto escrito de Transacción de fecha 10 de Febrero de 2010, presentada por los ciudadanos YANET BARTOLOTTA HERNANDEZ, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 35.533, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, así como el abogado JOSE HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 117.738; este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. 70.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Asimismo se acuerda expedir copias certificadas del presente auto, como del escrito de transacción, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de igual manera se acuerda la devolución de las pruebas aportadas por ambas partes, al inicio de la audiencia preliminar, las cuales deberán ser retiradas ante la Oficina de Depósito de Bienes ubicado en el piso 2 de este Circuito Judicial- Así se establece.-
Abg. Leticia Morales Velásquez
La Juez
Abg. Karina Contreras
La Secretaria
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