REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005890
PARTE ACTORA: VICTOR MANUEL DIAS MARTINEZ y GELMARC RAFAEL ESTEVA BARRAGAN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALFREDO JIMENEZ CASANOVA,
PARTE DEMANDADA: TORNILLOS EL AVILA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: TULIO RAFAEL HERNANDEZ GUEVARA,
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, primero (01) de febrero de 2010, siendo la 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio instaurado por VICTOR MANUEL DIAS MARTINEZ Y GELMARC RAFAEL ESTEVA BARRAGAN contra TORNILLOS EL AVILA, C.A.; se deja expresa constancia que solo comparecieron a la misma el ciudadano TULIO RAFAEL HERNANDEZ GUEVARA, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 15.553, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
El Juez
La Secretaria
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abog. Daniela González Velasco
El Presente