REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-003446

Visto el escrito presentado en fecha 05.02.10, suscrito por el abogado PEDRO CARDENAS, inscrito en el IPSA N° 70.912, apoderado judicial de la parte demandada, y la abogada JUANA HERNAIZ I.P.S.A N° 91.919, apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual ambas parten solicitan ponerle termino al juicio en forma definitiva y absoluta de manera que se extinga el proceso, solicitando la Homologación del desistimiento manifestado. En consecuencia este Juzgado Homologa el desistimiento en cuanto al procedimiento, teniéndose la misma como mediación positiva de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.-

El Juez
El Secretario

Abg. Franklin Porras Mendoza


Abg. Joel Aguilar