REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, dos (2) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-014046

Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el Fiscal Centésimo Sexto (106°) JAVIER MARCANO LOZADA, a petición del ciudadano JONATHAN RICARDO BLANDON RODRÍGUEZ venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 15.616.640, en beneficio del niño De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC al niño antes mencionado; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y el acta de fecha 23/11/2009, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana CAROLINA BLANDON RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.934.394, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC del niño ZAMIR ALEJANDRO BLANDON FERNÁNDEZ, de cuatro (04) años de edad. Asimismo se acuerda expedir copiar certificadas del presente asunto y oficiar a la Oficina de Atención al Público, para que sean entregadas al solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ,
Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
Abg. ALICIA GUZMAN
RC/AG/K