REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Sala de Juicio Nº IV
199º y 150º
ASUNTO: AP51-V-2009-018223
Motivo: Divorcio.
Demandante: Belén Emilia Cortez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.275.289.
Demandado: Adelmo Machuca, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.762.113.
Visto el escrito presentado por el ciudadano Adelmo Machuca, antes identificados, debidamente asistido por Julián Pedrique inscrita en el inpreabogado bajo el número 39.006, mediante la cual solicita el levantamiento de las medidas decretada por el Extinto Juzgado Cuarto de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04/11/1992, de la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que; cursa al folio 32 auto mediante el cual se decreto medida de embargo hasta (BSF.8.000,oo) sobre el sueldo del ciudadano Adelmo Machuca, así como sobre las prestaciones sociales del mismo, a favor de los niños “…cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente”…” (hoy mayores de edad).Ahora bien, visto el escrito de fecha 29/10/2009 mediante la cual los ciudadanos Marielba Machuca Cortez y Anderson Machuca Cortez solicitan el levantamientos de las medidas decretadas, en virtud de que son mayores de edad y responsables de sus propias obligaciones e independiente del hogar paterno. En consecuencia y por las razones antes expuestas esta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley LEVANTA la medida de embargo decretada por el Extinto Juzgado Cuarto de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Hoy Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio IV) en fecha 04/11/1992, según oficio N° 92.19.454 sobre las prestaciones sociales que le pudieran corresponder al ciudadano Adelmo Machuca en caso de despido renuncia o liquidación de las mismas. En este sentido se ordena oficiar a la Dirección de Personal del Ministerio de Educación, a los fines de informarle de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellado en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los (09) días del mes de febrero de dos Mil Diez. Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez de Sala
Emilio Ruiz Guía
La Secretaria,
Luisa Oliveros
AP51-V-2009-018223
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