REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, veinticuatro (24) de Febrero de 2010.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2010-002099
Visto el escrito presentado por el Abg. JUAN GUERRA, Fiscal Auxiliar 105° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos FRANCISCO JOSE ALTUVE y YURITZA KERILIN DELGADO FERNANDEZ, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.574.287 y V-20.330.902, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de su hija, (...), en el cual remite Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar de fecha 04/02/10, a favor de la prenombrada niña, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y visto que dicha solicitud, no es contraría al ordenamiento jurídico vigente y no se conculcan los derechos e intereses del niño de autos, se procede a ADMITIR la misma;
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