REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, nueve (09) de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2010-000691
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana KEYLA INAIR RODRÍGUEZ URBANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad No. V- 18.760.368, actuando a favor de su hijo, el niño, de dos (02) años de edad, debidamente asistida por el Abogado ABDON ENRIQUE ALMEIDA CENTENO, Defensor Público Décimo (10°) de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, por la cual solicitó que su hijo sea declarado como carga familiar de su madre ciudadana PAULA JOSEFINA URBANO TREJO, titular de la cédula de identidad No. V.- 4.853.147. En consecuencia, este Tribunal cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara al niño, de dos (02) años de edad, carga familiar de la ciudadana PAULA JOSEFINA URBANO TREJO, titular de la cédula de identidad No. V.- 4.853.147. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados con inserción de la presente sentencia. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
La Juez,
Abg. Sara E. Guardia Soto.
La Secretaria
Abg. Adriana Mireles
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