REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, 09 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-V-2009-020771
Vista la diligencia de fecha 03 de febrero de 2010, presentada por el ciudadano JOSE ANTONIO GUTIERREZ ESPINOSA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-9.965.091, debidamente asistido por la Abogada MARIA DE FATIMA DOS SANTOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 21.569, mediante la cual desiste de la presente acción de Régimen de Convivencia Familiar, este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte Homologación a dicho desistimiento, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir por secretaria copia certificada de la presente resolución y la devolución de los originales solicitados. Expídanse por secretaría las copias certificadas que se requieran. Cúmplase.-
LA JUEZ
ABG. SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA SECRETARIO
ABG. ADRIANA MIRELES
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