REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº 15
Caracas, ocho (08) de Febrero de Dos Mil Diez (2010)
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2010-001253

Recibido el presente escrito de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), contentivo del Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, por la abogado JUANITA HERNANDEZ DE ALONSO, actuando en su carácter de Fiscal Centésima Décima (100°) del Área Metropolitana de Caracas, a solicitud de los ciudadanos MIGUEL ANGEL VIVAS SEQUERA y ELIZABETH DE LOS ANGELES LEDEZMA CARRILLO, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nº V-12.616.869 y V-12.161.482 respectivamente, en beneficio de sus hijos (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA).
En consecuencia, esta Jueza Unipersonal Nº 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación en los términos expuestos, así como su respectiva HOMOLOGACIÓN a dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en los Artículo 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo a los fines legales consiguientes, que se tendrá como Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Expídase por Secretaría copia certificada del acuerdo y del presente fallo y entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes. Cúmplase lo ordenado.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal Nº 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los ocho (08) días del mes de Febrero de Dos Mil Diez (2010). Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA


ABG. CIOLIS MOJICA
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia
LA SECRETARIA


ABG. CIOLIS MOJICA
YCH/CM
AP51-S-2010-001253