REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 18 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP11-O-2010-000015

Visto el libelo de demanda presentado por el ciudadano Jesús Libre, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro 5.427.816, actuando en su carácter de presidente de la sociedad mercantil Estacionamiento J. L., 2194 C. A., debidamente asistido por le abogado Juan Gilberto Meneses Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 82.551, así como los recaudos acompañados y los alegatos esgrimidos en el mismo, en los cuales el solicitante considera vulnerados sus derechos constitucionales, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ADMITE cuanto ha lugar en derecho la Acción de Amparo Constitucional propuesta ante este órgano jurisdiccional. En consecuencia, se ordena la notificación del presunto agraviante, ciudadana Flor de María Briceño Bayona, Jueza del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que se sirva concurrir ante el Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ubicado en el piso 3, de la Torre Norte del Centro Simón Bolívar, Caracas, a objeto de que tenga conocimiento sobre el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública en el presente Amparo Constitucional, la cual tendrá lugar tanto en su fijación como para su celebración, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) horas computadas a partir de la última notificación efectuada conforme a la sentencia N° 7, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de fecha 01-02-2000, bajo la ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera. Notifíquese de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales al Ministerio Público, en la persona del Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo, según lo ordenado mediante oficio N° 46579 de fecha 17-10-2002; acompáñese a la misma copia certificada del acta de solicitud de amparo y del presente auto de admisión. Líbrense boletas de notificación y oficio, previo suministro de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados mediante diligencia, una vez libradas hágase entrega de los mismos a la Unidad de Alguacilazgo, para que un alguacil adscrito a esa unidad practique las notificaciones ordenadas.-
Respecto a la medida cautelar, formulada por la parte accionante en amparo, el Tribunal proveerá lo conducente por auto separado. Así se declara.
LA JUEZ

MARIA ROSA MARTINEZ CATALÁN
LA SECRETARIA

NORKA COBIS MARTÍNEZ


Hora de Emisión: 8:54 AM
Asistente que realizo la actuación: jaime