REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AH11-V-1988-000010
Por cuanto la Dra. María Rosa Martínez Catalán, fue designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Juez de este Juzgado en fecha 240/01/05, juramentándose en fecha 1º de febrero de 2005 y tomando posesión del mismo en fecha 4 del mismo mes y año, se Avoca al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra.
Visto el escrito de fecha 22 de septiembre de 2009, suscrito por la abogada Hosanna Naffah, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 85.216, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, así como la diligencia de fecha 02 de febrero de 2010, suscrita por el abogado Luis Humberto Cruz Hernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 64.531, en su condición de apoderado actor, mediante los cuales solicitan la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas) en fecha 06 de julio de 1.988; este Tribunal, constatado como ha sido que mediante auto de fecha 1° de agosto de 1.988 se homologó el convenimiento suscrito por la partes intervinientes en al presente juicio, acuerda la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, la cual recayó sobre el siguiente bien inmueble:
“Apartamento distinguido con el número y letra 10-C, ubicado en el piso 10 en la parte suroeste de la Torre “C”, del conjunto residencial comercial “Residencias Club Altamira”, situado en la ciudad de Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, Distrito Independencia, entre las calles Araguaney, Ayacucho, Tamanaco y Buena Vista, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones están suficientemente especificados en el Documento de Condominio protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Independencia del Estado Miranda, el día 30/08/1983, bajo el N° 15, Folios 284 al 374, Tomo 5°, Protocolo Primero. Dicho apartamento posee una superficie aproximada de ochenta y dos metros cuadrados con diez y siete decímetros cuadrados (82,17 mts2), y le corresponde 1 puesto de estacionamiento distinguido con la siglas C-10-C, ubicado en el semisótano del edificio para estacionamiento del aludido centro residencial, un porcentaje sobre las cosas comunes del edificio del 0,5891%, y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En parte con la fachada norte del edificio, en parte con el apartamento 10-D y en parte con el núcleo de escaleras; SUR: Con la fachada sur del edificio; ESTE: En parte con el apartamento 10-B, en parte con el núcleo de escaleras y en parte con el hall de ascensores por donde tiene su acceso; y, OESTE: Con la facha oeste del edificio.”
Dicho bien inmueble le pertenece a la parte demandada, según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro del Distrito Independencia del Estado Miranda, bajo el Nº 7, Folios 50 al 60vto., Tomo 2°, Protocolo Primero de fecha 17 de mayo de 1.985, la referida medida fue decretada por Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas) en fecha 06 de julio de 1.988 y participada al registrador correspondiente mediante oficio Nº 2.240 de esa misma fecha. Líbrese oficio.
La Juez
María Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Hora de Emisión: 11:25 AM
Asistente que realizo la actuación: Daniel