REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 26 de Febrero de 2010
199º y 151º

ASUNTO: AP11-V-2009-001293

Por recibida y vista la anterior demanda de Cobro de Bolívares y los recaudos que acompañan a la misma, incoada por los ciudadanos Envida Tibisay Zerpa y Bernardo Antonio Cubillan, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los números 29.800 y 2.723, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de BANCO NACIONAL DE CREDITO C. A., BANCO UNIVERSAL, sociedad mercantil de éste domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del distrito Capital y estado Miranda, en fecha 26 de noviembre de 2002, bajo el número 35, Tomo 75-A Qto, el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 338 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ordena el emplazamiento de la parte demandada, ciudadano FELICE GIRALDI TUFANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 9.963.968, para que comparezca por ante este Tribunal a dar contestación a la presente demanda, dentro del lapso de VEINTE (20) días de despacho, siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, en las horas destinadas a despacho comprendidas de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Compúlsese copia del libelo de demandada, junto con su auto de comparecencia al pie y entréguese al alguacil encargado de practicar dicha citación, previo suministro mediante diligencia de las copias requeridas. Respecto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto y en cuaderno separado que a tal efecto se ordena abrir, previa consignación de los fotostátos correspondientes al libelo, recaudos y auto de admisión.
La Juez
Dra. María Rosa Martínez

La Secretaria,
Norka Cobis Ramírez

Ángel-.-