REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 03 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AP11-M-2010-000038

Visto el libelo de demanda, y los recaudos acompañados a la misma, presentado por el abogado Francisco Gil Herrera., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 97.215, apoderado judicial de la sociedad mercantil Bolívar Banco C. A., mediante la cual demanda por el Cobro de Bolívares a sociedad mercantil Volta Auto Partes C. A., y los ciudadanos Antonio Luciano Goffredo Sois, Antonio Carmelo Goffredo Ontiveros y Gianni Luciano Goffredo Ontiveros, titulares de las cédulas de identidad Nros 6.454.862, 12.114.816 y 12.761.062 respectivamente, el Tribunal a los fines de proveer considera: mediante Resolución Nº 682.09, la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, autorizó la fusión por incorporación de Banfoandes Banco Universal, Compañía Anónima; Banco Confederado S.A.; Bolívar Banco, C. A y, C. A. Central Banco Universal, con la consecuente extinción de sus personalidades jurídicas; y que el ente resultante de la fusión se denomine Banco Bicentenario Banco Universal, C. A., (Gaceta Oficial Nº 39.329 del 16 de diciembre de 2009).- (Subrayado y resaltado del Tribunal)
Ahora bien, en la resolución supra señalada, extinguió entre otras, la personalidad jurídica de Bolívar Banco C. A., acarreando ésta, todos los efectos jurídicos que esto conlleva, extendiéndose hasta los mandatos o poderes otorgados por ella.-
De manera que, por efecto de la fusión por incorporación de las entidades bancarias extinguidas, y creado como ha sido el Banco Bicentenario Banco Universal, C. A., surte para éste último lo establecido en el artículo 346 del Código de Comercio, y como consecuencia de ello, debe asumir los derechos y obligaciones que aquéllas mantengan a la fecha de ejecución de la fusión; razón por la cual este Juzgado insta al abogado Francisco Gil Herrera, quien ostentan tener la representación del extinto banco, instándolo a consignar los estatutos del recién creado Banco Bicentenario Banco Universal C. A., asi como también instrumento poder o mandato en el que se verifique la cualidad para actuar en el presente juicio, en representación de éste.- Así se establece.-
Una vez conste lo antes requerido, el Tribunal proveerá sobre la admisión o no de la demanda, por auto separado.-
La Juez

María Rosa Martínez Catalán

La Secretaria

Norka Cobis Ramírez.-







Asistente que realizo la actuación: jaime