REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 8 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AH15-X-2010-000001

Conforme a lo ordenado en el Cuaderno Principal del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue BANCO EXTERIOR, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra DISTRIBUIDORA DIPEV, C.A. y el ciudadano ROSENDO SANTOS FERNANDEZ, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.087.057. el cual se sustancia en el Expediente Nº AP11-M-2009-000544. Ahora bien, visto que en fecha 26 de Enero de 2010, la parte demandante cumplió con lo ordenado en el auto dictado por este Tribunal, en el Cuaderno de Medidas, en fecha 13 de Enero de 2010, y consignó la Copia Certificada del inmueble, de conformidad con lo establecido en el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, se decreta medida de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien inmueble: “Constituido por una parcela de terreno y la casa-quinta distinguida con la letra “A”, construida sobre la parcela de terreno distinguida originalmente con el Nº C-12, situada en la Urbanización Monterrey, en Jurisdicción del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda, con una superficie de Quinientos Veinte Metros cuadrados con Cincuenta Decímetros Cuadrados (520,50 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En recta de Veintiséis metros con Veintiocho centímetros (26,28 Mts), con la Parcela Nº B-9; SUR: En tres líneas rectas de aproximadamente dieciocho metros con veinte centímetros (18,20 Mts), nueve metros con setenta centímetros (9,70 Mts) y seis metros ( 6 Mts) con el área de la casa B del conjunto; ESTE: En línea curva de nueve metros con noventa centímetros (9,90 Mts), con la Calle B de la Urbanización, hacía donde da su frente; y, OESTE: En dos líneas rectas, que se unen en un eje de 154 52`30”, con una longitud de once metros con cincuenta y cinco centímetros (11,55 Mts) y doce metros con diez centímetros (12,10 Mts) con zona verde de la Urbanización. Dicho inmueble le pertenece al codemandado, ciudadano ROSENDO SANTOS FERNANDEZ, según consta en documento registrado por ante la Oficina del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el Nº 07, Tomo 19, Protocolo Primero, de fecha 29 de Agosto de 2008”.- Particípese lo conducente al Registrador respectivo.- Líbrese oficio.-
LA JUEZ

DRA AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY


LA SECRETARIA TITULAR
Abg. LEOXELYS VENTURINI


AMCDM/LV/ER