REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de Febrero de 2010
199º y 151º

ASUNTO: AH1C-S-2008-000131


PARTE SOLICITANTE: ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil.
ABOGADO ASISTENTE: HAROLD VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 54.497 adscrito a la Oficina de Asistencia Gratuita de la Dirección General de Justicia y Culto del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-

Conoce este tribunal de la solicitud, incoada por la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil, asistida por el abogado HAROLD VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 54.497, donde solicita la Inserción de Partida de su Acta de Nacimiento y sea declarada con lugar y sea insertada en el Registro Civil de Nacimientos, este Tribunal observa:
Que en fecha 02 de mayo de 2008, compareció la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil, asistida por el abogado HAROLD VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 54.497, consignando los recaudos como: 1) Constancia de Nacimiento emitida por la Maternidad Concepción Palacios, en la cual se desprende que nació el día 11 de octubre de 1981, siendo la madre la Ciudadana ANA CRISTINA NAVARRO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero. 2) Certificación expedida por el Registrador Principal del Municipio Libertador, la cual se desprende que no aparece el acta de nacimiento, 3) Certificación expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, en el que se constata que en los libros, no se encuentra el acta de nacimiento de la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO.-
En fecha 20 de junio de 2008, se admite la presente solicitud en la cual se ordena emplazar a la ciudadana ANA CRISTINA NAVARRO, venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.816.318 madre de la solicitante a los fines que comparezca al décimo día de despacho siguiente a su citación a los fines de que exponga lo que crea conveniente con respecto a la solicitud, de igual manera se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Publico, asimismo, sé estableció que el procedimiento quedaba abierto a pruebas por un lapso de diez días de despacho, vencido dicho lapso el tribunal pasaría a dictar sentencia, ordeno librar edicto a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos con respecto a dicha solicitud, asimismo una vez venciera el lapso de diez días en que la secretaria de este Juzgado dejara constancia de haberse cumplido la publicación y consignación del cartel librado en esa misma fecha, en esta misma data se libro el edicto.
En fecha 10 de Noviembre de 2.008, comparece la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, asistida por el abogado HAROLD VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.497, deja constancia de haber recibido el respectivo edicto librado en fecha 20 de junio de 2.008.
En fecha 26 de noviembre de 2008, comparece la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, asistida por el abogado HAROLD VELÁSQUEZ CARREÑO, Venezolana, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.497, consigna edicto publicado en la prensa.-
En fecha ocho (08) de Diciembre de 2008, siendo las 11:00 a.m., compareció ante este Tribunal la ciudadana ANA CRISTINA NAVARRO, venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.816.318, en lo cual efectivamente dice ser su madre, mencionando donde y cuando nació, y las razones por la cual no fue presentada, tomándose la declaración como pleno valor probatorio.-
En fecha 12 de diciembre de 2008, comparece la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, asistida por el abogado HAROLD VELÁSQUEZ CARREÑO, Venezolana, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.497, solicita la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
Por auto de fecha nueve de Julio de 2009, la ciudadana Dra. BELLA DAYANA SEVILLA JIMENEZ, se abocó al conocimiento de la presente causa y fue librada la respectiva Boleta de Notificación a la Fiscal del Ministerio Público.
Posteriormente en fecha 22 de junio de 2009, comparece el ciudadano ANTONIO J. CAPDEVIELLES, en su carácter de Alguacil titular de este Circuito, consigna copia de la boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público debidamente firmada y sellada.
En fecha 08 de octubre de 2009, comparece la abogada JUANITA HERNANDEZ DE ALONZO, en su carácter de Fiscal Centésima Décima del Ministerio Publico de esta misma Circunscripción Judicial y expone que no tiene nada que objetar a la presente solicitud.-
Posteriormente en fecha 21 de Octubre de 2.009, por medio de diligencia comparación la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, asistida por el abogado HAROLD VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.497, y solicita se dicte sentencia en la presente causa.-
En fecha 13 de noviembre de 2009, este juzgado mediante auto instó a la solicitante a que consignara a los autos el original de la tarjeta de nacimiento; dicha tarjeta fue consignada en fecha 18 de noviembre de 2.009, por medio de diligencia.
Posteriormente en fecha 14 de Diciembre de 2.009, por medio de diligencia comparación la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, asistida por el abogado HAROLD VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.497, y solicita se dicte sentencia en la presente causa.-
Encontrándose este Tribunal para decidir al respecto observa:
Cumplidas como han sido todos los tramites relativos al presente procedimiento de Inserción de Acta de Nacimiento, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 769 y 772 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 501 y 462 del Código Civil y el artículo 39 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, y visto que no hubo oposición al presente procedimiento de Inserción de Acta de Nacimiento de la ciudadana la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y como quiera que los elementos probatorios aportados como la constancia de nacimiento emitida por la Maternidad Concepción Palacios donde se expone que la ciudadana la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, nació en fecha 11 de Octubre de 1981 a las 08:12 a.m. y se identifica a la madre la ciudadana ANA CRISTINA NAVARRO, venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.816.318 de 27 años de edad, para ese entonces; Certificación expedida por el Registrador Principal del Municipio Libertador donde se expone que no aparece el Acta de Nacimiento presuntamente perteneciente a la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana, mayor de edad, según datos suministrados por la solicitante ANA ISABEL NAVARRO, supra identificada y Certificación expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, donde se expone que en los libros, no se encuentra el acta de la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO.- Este Juzgado ordena la INSERCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Jefatura Civil de La Parroquia San Juan, Municipio libertador del Distrito Capital, a cuyos fines se ordena librar oficio remitiendo copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión en los copiadores de sentencia de este Juzgado. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Veinticinco (25) día del mes de Febrero de 2010. Años 199° y 151°.
LA JUEZ.-


Dra. BELLA DAYANA SEVILLA JIMENEZ.-
LA SECRETARIA

SUSANA MENDOZA
En la misma fecha anterior, previo el anuncio de Ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo las__________
LA SECRETARIA


SUSANA MENDOZA

BDSJ/SM/LZ- 06
Exp. AH1C-S-2008-000131









Quien suscribe SUSANA MENDOZA Secretaria de este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de las actas que cursan en el presente expediente signado con el número AH1C-S-2008-000131 (Nomenclatura de este Juzgado) con motivo de la Solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento seguido por la ciudadana ANA ISABEL NAVARRO, venezolana mayor de edad, de este domicilio. Certificación que se expide de conformidad con el artículo 112 del código de Procedimiento Civil. Caracas, 25 de Febrero de 2010.-
Años 199° y 151°.


LA SECRETARIA

SUSANA MENDOZA


AH1C-S-2008-000131
SM/LZ-06