REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 4 de febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AH1C-S-2008-000173

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, de fecha once (11) de mayo de dos mil ocho (2008), las justificaciones evacuadas al efecto en fecha nueve (09) de noviembre de dos mil nueve (2009), presentados como fueron los documentos necesarios para la procedencia de la presente solicitud y una vez revisados los mismos, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara HEREDEROS del ciudadano JOSÉ MARÍA MARCOS FUERTES, quien fue en vida venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.221.121, a los ciudadanos BENIGNO LUIS MARCOS FUERTES y MAXIMINO MARCOS FUERTES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.117.561 y V-6.230.588, respectivamente. Devuélvanse las presentes actuaciones con sus resultas a los solicitantes. Y ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ,



Dra. BELLA DAYANA SEVILLA JIMENEZ.-
LA SECRETARIA,


Abg. SUSANA MENDOZA.-
Exp. Nº AH1C-S-2008-000173
BDSJ/SM/LM9.-