REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 25 de Febrero de 2010
199º y 151º
Exp: Nº AP31-F-2009-003880

SOLICITANTE: MARIA TERESA DE JESUS DIAZ TARACHE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.571.809.
APODERADO JUDICIAL DEL SOLICITANTE: WILSBECK KARINA GARCIA DIAZ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 134.795.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA: Definitiva.-
I
ANTECEDENTES
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado por la ciudadana MARIA TERESA DE JESUS DIAZ TARACHE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.571.809, debidamente asistido por la Dra. WILSBECK KARINA GARCIA DIAZ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 134.795, en fecha 23 de noviembre de 2009, en el cual solicitó la Rectificación del Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 493, folio No. 262 vtos del año 1956, en la cual se incurrió un error material al asentar el nombre de la madre de la solicitante como TERESA TARACHE de DIAZ, siendo lo correcto PASTORA TARACHE de DIAZ.
En fecha 24 de Noviembre de 2009, este Juzgado admite la presente solicitud, ordenando librar EDICTO emplazando a todas aquellas personas que puedan verse afectados sus derechos, para que comparecieran ante este Juzgado al DÉCIMO (10°) día de despacho siguiente contados a partir de la consignación y publicación que del aludido Edicto se tenga en actas. Asimismo, se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público, mediante boleta. En esa misma fecha se libró edicto.
En fecha 30 de Noviembre de 2009 compareció la Apoderada Judicial del solicitante y consignó fotostatos requeridos.-
En fecha 03 de Diciembre de 2009, se libró Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público. En esa misma fecha diligenció la Apoderada Judicial de la solicitante y retiró edicto para su publicación.
En fecha 10 de Diciembre de 2009, diligenció la Apoderada Judicial de la solicitante y consignó edicto debidamente publicado.
En fecha 15 de Diciembre de 2009, diligenció la Dra. IRDE CAPOTE MENDOZA, Fiscal Nonagésimo Segundo del Ministerio Público con competencia en Protección Civil y Familia, quien manifestó no tener objeción alguna a la presente solicitud.

II
Encontrándose este Tribunal para decidir al respecto observa:
Para probar lo alegado el solicitante consignó a los autos:
 º Original de acta de Nacimiento errada de la ciudadana MARIA TERESA DE JESUS TARACHE DIAZ, la cual se encuentra inserta ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 493, folio No. 262 vtos del año 1956, cursante al folio tres (f.03) del presente expediente, de la cual se desprende el error en que se incurrió al asentar el nombre de la ciudadana PASTORA TARACHE de DIAZ como TERESA TARACHE de DIAZ, evidenciándose el error alegado por la Solicitante respecto a el nombre de su madre, cuya acta se pretende rectificar, razón por la cual, por ser la misma de conformidad con el articulo 1357 y 1360 de nuestro Código Civil, reconocida como Instrumento Publico, este juzgador conforme al articulo 429 del Código de Procedimiento Civil le da pleno valor Probatorio.
 Original de Acta de Nacimiento y copia simple de la Cédula de Identidad de la madre de la solicitante, ciudadana PASTORA TARACHE de DIAZ. Dicha acta de nacimiento se encuentra inserta ante la Prefectura del Municipio Valle Morin, Distrito San Casimiro del Estado Aragua, en el folio No. 44 frente bajo el No. 87, cursante al folio cuatro (f.04) del presente expediente, de la cual se desprende el nombre correcto de la mencionada ciudadana PASTORA TARACHE de DIAZ, razón por la cual, por ser la misma de conformidad con el articulo 1357 y 1360 de nuestro Código Civil, reconocida como Instrumento Publico, este juzgador conforme al articulo 429 del Código de Procedimiento Civil le da pleno valor Probatorio.
III
Probado como ha sido lo alegado, llenos los requisitos establecidos en los artículos 767, 768, 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, en el presente procedimiento, los requisitos previstos en la Ley y no habiéndose observados vicios que ameriten reposición o nulidad de las actuaciones cumplidas, a juicio del sentenciador es procedente la referida solicitud y así se decide.-
Atendiendo a lo expuesto este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana MARIA TERESA DE JESUS DIAZ TARACHE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.571.809, la cual se encuentra inserta ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 493, folio No. 262 vtos del año 1956, cursante al folio tres (f.03), en consecuencia se corrige el error material asentado y donde en dicha acta dice el nombre de su madre como “TERESA TARACHE de DIAZ”, deberá decir, “PASTORA TARACHE de DIAZ”.
Ofíciese lo conducente a los funcionarios civiles correspondientes, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Veinticinco (25) de Febrero de dos mil diez (2010). Años 199° de la Independencia y 151° de la Federación.-
EL JUEZ.-

LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.- EL SECRETARIO,

MUNIR SOUKI URBANO

En la misma fecha, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo las nueve y quince minutos de la mañana (9:15 a.m.).-
EL SECRETARIO,

MUNIR SOUKI.-