REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ___________(____) de Febrero de 2010.
Año 199º y 150º
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones, TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus: PETER HOLLAND MAYLING MARSHAL, quien falleciera ab-intestato el 25 de agosto de 2.009, a favor de las ciudadanas: GILMA MYRIAM MAYLING y KATHERINE LUCY MAYLING DE JAIMES, extranjeras, mayores de edad, domiciliados en Caracas, titulares de la Cédulas de Identidad Nros E- 81.623.564 y E.-81.973.678, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su asiento en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado, todo sin perjuicios de terceros.
LA JUEZ.,



Dra. MARIA A. GUTIÉRREZ C.
LA SECRETARÍA .


ABG. DILCIA MONTENEGRO.





MAGC/DMP/JDOME.
Exp. AP31-S-2009-00074