REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

SOLICITANTE
Ciudadana MARÍA ESPERANZA MONROY DE FREITAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-1.749.748; APODERADA JUDICIAL: ERMENEGILDA DE AMELIO ROMANO, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.203.

MOTIVO
RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION

Tipo de Sentencia: Definitiva

Materia: FAMILIA

Expediente No. AP31-F-2009-003873

I
DE LA PRETENSIÓN

Se inicia el presente procedimiento a través de escrito presentado en fecha 19 de noviembre de 2009 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la abogada ERMENEGILDA DE AMELIO ROMANO, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA ESPERANZA MONROY DE FREITAS (antes identificada), a los fines de requerir la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION de su difunto esposo ciudadano MANUEL LAMBERTO FREITAS PASSOS, verificada la distribución de Ley correspondió el conocimiento a este Tribunal, siendo admitida en fecha 03 de diciembre de 2009.
En ese sentido manifiesta la solicitante, que en la mencionada Acta de Defunción inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones de la Primera Autoridad Civil Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda, signada con el Nº 475, en los Libros de Registro Civil de Defunciones correspondientes al año Dos Mil Cuatro (2004) , se incurrieron en dos errores materiales, en primer lugar erróneamente se escribió mal el nombre del padre del difunto ciudadano: “MANUEL LAMBERTO FREITAS PASSOS” con el nombre de JUAN PASSOS, siendo lo correcto MANUEL FAUSTO DOS PASSOS. En segundo lugar, erróneamente se omitió el segundo nombre de la madre del difunto: MANUEL LAMBERTO FREITAS PASSOS, y le colocaron a su madre: ANA FREITAS DE PASSOS, siendo el nombre correcto “ANA MARÍA DE FREITAS”, por lo que solicita se ordene la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION.

II
MOTIVACIONES PARA DECIDIR

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARÍA ESPERANZA MONROY DE FREITAS, y tratándose de un error material, este Tribunal ingresa a la revisión de las pruebas aportadas de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.
Al respecto el solicitante consignó junto a su escrito copia certificada del Acta de Defunción, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda, Acta de Nacimiento debidamente apostillada y Traducida al Castellano, por interprete público de la República de Venezuela, en el Idioma Portugués, y copias fotostáticas de las cédulas de identidad del difunto, cuyas documentales se aprecian de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
Revisada con detenimiento el Acta de Defunción del ciudadano MANUEL LAMBERTO FREITAS PASSOS, se pudo evidenciar que en la misma se asentó en forma incorrecta el nombre del padre del difunto de la siguiente manera, ““JUAN PASSOS……”, siendo incorrecto, siendo lo correcto “…MANUEL FAUSTO DOS PASSOS …” asimismo, la referida Acta adolece de otro error material al identificar a la madre del difunto como: “…ANA FREITAS DE PASSOS”, siendo el nombre correcto “ANA MARÍA DE FREITAS”, lo que se evidencia de la comparación del Acta de Defunción con el Acta de Nacimiento del ciudadano MANUEL LAMBERTO FREITAS PASSOS, traducida del idioma Portugués al Castellano, por interprete público debidamente acreditado, cursantes a los folios 04 al 16, por lo que este Tribunal considera que tal error no amerita un trámite mediante un juicio ordinario de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION por lo que se procede en forma sumaria de conformidad con el artículo 773 eiusdem, debiendo declararse procedente la rectificación solicitada.

III
DECISIÓN

Por la motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, peticionada por la ciudadana MARÍA ESPERANZA MONROY DE FREITAS;
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano MANUEL LAMBERTO FREITAS PASSOS, y en donde se lee: “…JUAN PASSOS…”, debe leerse “…MANUEL FAUSTO DOS PASSOS”..…” que es lo correcto; y en donde se lee: “…ANA FREITAS DE PASSOS, debe leerse: “…ANA MARÍA DE FREITAS…” que es lo correcto;
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la Solicitud y de la presente decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda, a los fines de que estampe la correspondiente nota marginal en el Acta de Defunción anotada bajo el Nº 475, inserta en los libros de Registros civil de Defunciones, correspondiente al año 2004, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez conste en autos los fotostátos respectivos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Once (11) días del mes de Febrero de dos mil diez (2010). Años 199° DE LA INDEPENDENCIA y 150° DE LA FEDERACIÓN.-
LA JUEZ PROVISORIA

DAYANA ORTIZ RUBIO
EL SECRETARIO

RONMY SALIMEY MEJÍAS
En esta misma fecha, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50.am.), se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO

RONMY SALIMEY MEJÍAS
DOR/RSM/Lma
Exp. N° AP31-F-2009-003873

Quien suscribe RONMY SALIMEY MEJÍAS Secretario Titular del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de los originales que las contienen, las cuales cursan a los folios del expediente N° AP31-F-2009-003873 de la nomenclatura particular de este Tribunal referente a la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION solicitada por la ciudadana MARÍA ESPERANZA MONROY DE FREITAS, y las mismas se expiden conforme a lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- En Caracas a los, Once (11) días del mes de Febrero de 2010. Años 199º y 150º.
EL SECRETARIO

RONMY SALIMEY MEJÍAS




DOR/RSM/ Lma
AP31-F-2009-003873























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS


SOLICITANTE: MARÍA ESPERANZA MONROY DE FREITAS


MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN


DECISIÓN: SE DECLARÓ CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN


FECHA DE DECISIÓN: 11 DE FEBRERO DE 2010


LA JUEZ: DAYANA ORTIZ RUBIO


EXP N° AP31-F-2009-003873