REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 43 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, veintidós (22) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-001668

Visto el escrito transaccional presentado por abogados DAVID HERNANDEZ y ANDREINA MARTINEZ I.P.S.A. N° 104.746 y 90.797, apoderados judiciales de la parte actora y demandada, mediante la cual exponen Transacción y consignan copia del cheque, y a su vez solicitan la homologación, el cierre y archivo del expediente, este Juzgado por cuanto considera la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. En consecuencia se ordenara el archivo del expediente y ordena su cierre informático.
La Juez
El Secretario

Abg. Lidsay Medina
Abg. Henry Jesús Castro Sánchez