REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 9 de julio de 2010
200º y 151º
AP21-L-2009-002740
En el juicio por cobro de prestaciones sociales incoado por la ciudadana Maylin Sojo Urbina, representada judicialmente por la abogada Ana María Villarreal, contra la Sociedad Mercantil SEI, Instrumentación y Sistemas, C.A. y el tercero interviniente PDVSA GAS, S.A., representados judicialmente por los ciudadanos abogados Joel Antonio Solórzano y Carlos José Moreno Berroteran, respectivamente, recibió este Juzgado por distribución proveniente del Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 8 de julio de 2010, se celebró la audiencia de juicio y se dictó el respectivo dispositivo del fallo declarándose desistida la acción, en base a las consideraciones siguientes:

I.-
El día y hora y fijados para la celebración de la Audiencia de Juicio, se dejó constancia de la comparecencia del tercero interviniente PDVSA GAS, S.A., así como de la incomparecencia de las partes actora y demandada, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, supuesto que se subsume dentro del previsto en el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que establece:

“…Si no comparece la parte demandante se entenderá que se desiste de la acción; en este caso, el juez de juicio dictará un auto en forma oral, reduciéndolo a un acta que se agregará al expediente…”.(subrayado añadido por el Tribunal de Juicio)

En razón de lo anterior, resulta forzoso para este Juzgador declarar desistida la acción por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana Francisco Javier Daniel Urbaez contra la sociedad Mercantil Multicine Las Trinitarias, C.A., partes suficientemente identificadas a los autos. Así se establece.
II.
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Quinto (5°) de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Desistida la acción por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana Maylin Sojo Urbina contra la Sociedad Mercantil SEI, Instrumentación y Sistemas, C.A. y el tercero interviniente PDVSA GAS, S.A., partes suficientemente identificadas a los autos. Segundo: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por haber resultado totalmente vencida.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 9 días del mes de julio de 2010. AÑOS: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez de Juicio

Oswaldo Rafael Farrera Cordido

El Secretario

Nelson Delgado
NOTA: En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
El Secretario

Nelson Delgado