REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de julio de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-003775
Vista la diligencia que antecede, de fecha 29 de julio de 2010, suscrita por la ciudadana YDALMIS SALAZAR actuando en su carácter de parte actora debidamente asistida por la abogada LEONOR RIVAS, en la cual manifiesta el desistimiento del presente procedimiento y solicita el cierre y archivo del expediente, este Juzgado imparte la homologación al desistimiento de la presente demanda que por calificación de despido, ha incoado el ciudadano YDALMIS SALAZAR contra la empresa GRACSTELA ALTA PELUQUERÍA C.A., y en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente tanto físico como informático. ARCHIVESE.
El Juez
La Secretaria
Abg. Franklin Porras Mendoza
Abg. Ibraisa Plasencia Rendón