REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003123
PARTE ACTORA: EDGAR ENRIQUE ORTEGA MORENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MICHAEL DI STEFANO
PARTE DEMANDADA: ASTALDI, SPA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VERÓNICA MÁRQUEZ MARTÍNEZ Y ANTONIO SILVA ARANGUREN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 20 de julio de dos mil diez, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la misma, dándose inicio se deja expresa constancia que comparecen los abogado s Verónica Márquez Martínez y Antonio Silva Aranguren, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 37.298 y 42.204, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada como se evidencia de autos. Asimismo se deja constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se acuerda una copia certificada de la presente acta, la cual se entrega en este acto a los apoderados judiciales de la parte demandada. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
La Jueza

El Secretario
Abg. Milagros Jiménez

Abg. Gustavo Portillo


Apoderados judiciales de la parte demandada