REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003116
PARTE ACTORA: RONALD ANTONIO PARACO AGUILAR
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JOAO HENRRIQUE DA FONSECA
PARTE DEMANDADA: FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LO ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIR (FAMES)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITA
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintitrés (23) de julio de dos mil diez (2010), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la misma, dándose inicio se deja expresa constancia que tanto la parte actora como la parte demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se dicta y publica la presente sentencia el día de hoy 23 de julio de 2010.Años 151 ° y 200 °.
La Jueza
El Secretario
Abg. Milagros C. Jiménez
Abg. Gustavo Portillo