REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-001074
PARTE ACTORA: ORLINA IRENE LOPEZ AÑEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YAZOLY PARRA OVALLES, JOSE DAVID ALVAREZ, HUMBERTO VECCHIONE M., EVELIN SANZ BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO UNIVERSITARIO NUEVAS PROFESIONES, FUNDACIÓN HUMBOLDT Y ASOCIACIÓN CIVIL SERVICIOS EDUCATIVOS UNIVERSITARIOS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YAISMEL DEL CARMEN AVILA CONTRERAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 30 de julio de 2010, a las 10:0 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se hacen presentes los abogados Humberto Vecchione y Yaismel Avila Contreras, quienes en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y de la parte demandada, respectivamente, quienes llegan al siguiente acuerdo: Luego de un procedimiento de negociaciones, la parte actora aspira Bs. 45.442,36, por la cantidad demandada, Bs. 1.684,66 por intereses de mora al 30 de junio de 2010, Bs. 6.090,87 por indexación. La representación judicial de la parte demandada ofrece pagar la cantidad de Bs. 30.609,19 por prestaciones sociales, Bs. 3.055,33 cesta tickets y 50% de intereses de mora e indexación Bs. 3.887,77, para un total de Bs. 37.502,29 como arreglo transaccional. El apoderado judicial de la parte actora, luego de haber evaluado la propuesta, junto a su representada, acepta la oferta realizada, cediendo en sus pretensiones por cuanto le satisfacen las cantidades y conceptos ofertados. Ambas partes establecen que el pago se realizará por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo el día jueves 12 de agosto de 2010. Asimismo, establecen que con el presente acuerdo nada quedan a deberse por la relación de trabajo que existió entre ellos. De la misma manera, solicitan se emitan dos copias certificadas de la presente acta.
Este Juzgado, Homologa con fuerza de cosa juzgada la presente transacción al no vulnerar los derecho de la trabajadora demandante. En este acto se hace entrega a cada una de las partes las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar. Una vez conste el pago establecido, se ordenará el cierre y archivo del expediente
La Jueza El Secretario
Abg. Milagros C. Jiménez Abg. Gustavo Portillo
Apoderado judicial de la parte actora
Apoderada judicial de la parte demandada
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