REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas 15 de julio de 2010
200º y 151º


ASUNTO: AP51-X-2003-002992
Dando cumplimiento a lo acordado en esta misma fecha en la pieza principal signada con el Nº AP51-S-2002-001487, se acuerda librar oficio al Registrador Público Subalterno del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, a fin de comunicarle que se ordenó SUSPENDER LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por esta Sala de Juicio en fecha 26/05/2003, bajo el oficio Nº 6767. sobre el bien inmueble destinado a vivienda, distinguido como 13-B, situado en la planta baja Nº 13 del edificio Residencias Cosmo, ubicado en la calle 2, manzana C-10, zona 4, sector sur de la Urbanización La Urbina, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda (antes Municipio Petare del Distrito Sucre del Estado Miranda), cuyos linderos son: NORTE: con el apartamento 13-A y pasillo de circulación; SUR: con la fachada sur del edificio; ESTE: con la fachada este del edificio y pasillo de circulación; OESTE: con fachada interna oeste del edificio y pasillo de circulación.- Dicho inmueble se encuentra registrado a nombre del ciudadano DAVID GRIMALDOS, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.076.468, por ante dicha Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito de Registro del Municipio Sucre del Estado Miranda, y protocolizado en fecha 20 de Julio del año 1994, bajo el Nº 19, Tomo 7, Protocolo Primero de los libros llevados por la mencionada oficina.
LA JUEZ

EL SECRETARIO
ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS
ABG. MARTIN JIMENEZ



DRC/MJ/Freddy Molina