REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de Julio de 2010
200º y 151º
Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y distribución de Documentos U.R.D.D, en fecha 07 de abril del 2010, por la ciudadana Yrene López Noriega, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.535.882, inscrita en el inpreabogado bajo el N°, en su carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente “SERVINAVE, C.A.”, contra la Resolución N° SNAT/ INA/ GAP/ LGU/ARA/ UAR/2010/N° 065 de fecha 17-03-2010, así como, las Resoluciones Nros SNAT/ INA/GAP/LGU/ARA/UAR/2010/N° 071, SNAT/ INA/ GAP/ LGU/ARA/ UAR/2010/N° 073 y SNAT/ INA/ GAP/ LGU/ARA/ UAR/2010/N° 075, todas de fecha 23-03-2010, todas emanadas de la Gerencia de Aduana Principal de la Guaira del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de un acto administrativo impugnado por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el artículo 268 y el siguientes eiusdem.
Dado, firmado y sellado en el Salón de Despacho del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez Titular,
Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
La presente decisión se publicó en su fecha, a las tres (03:00 p.m.) horas de la tarde.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto. Nº AP41-U-2010-000241
RCJ/ astrid.
|