REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, diecinueve (19) de julio de dos mil diez (2010).
200° y 151°
Vista la anterior diligencia estampada por el abogado en ejercicio PABLO JESÚS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.212, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GILBERTO GREGORIO BATISTA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 5.584.244, mediante la cual desiste del presente recurso; este Tribunal lo da por consumado, y en consecuencia homologa dicho desistimiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Remítase el presente expediente a la Oficina de Archivo Judicial.
EL JUEZ PROVISORIO
LA SECRETARIA,
D/4
Exp. No. 006622
Sandy
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