REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 23 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AH11-V-2006-000154
Vistas las diligencias que anteceden, suscritas por el abogado Nicolas Jiménez Velasquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.969, apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se libre nueva compulsa de citación al Defensor Judicial designado a la codemandada, ciudadana Concepción Rivas de Godoy, en virtud que la librada en fecha 29 de julio del año 2009, fue extraviada en la Unidad de Actos de comunicación. El Tribunal a los fines de proveer considera:
De una revisión a las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que la citación de la codemandada, Inversiones Martinez Palazuelos C. A., se materializó en el presente juicio en fecha 21/06/2006, tal y como se desprende del escrito consignado por el abogado Humberto Decarli, cursante a los folios 54 al 59, siendo el caso que hasta la presente fecha no se ha logrado la citación de la ciudadana Concepción Rivas de Godoy o de su Defensor Judicial, en este sentido resulta conveniente traer a colación lo dispuesto en el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil el cual establece en su último aparte lo siguiente:
“En todo caso si transcurrieren mas de sesenta (60) días entre la primera y la última citación, las practicadas quedaran sin efecto y el procedimiento se suspenderá hasta que el demandante solicite nuevamente la citación de todos los demandados. Si hubiere citación por carteles, bastará que la primera publicación haya sido hecha dentro del lapso indicado.” (Negrillas y subrayado del Tribunal)
Aplicando la norma anteriormente transcrita al caso que nos ocupa, se constata que han transcurrido holgadamente mas de sesenta días entre la primera citación (21/06/2006), y la presente fecha, lográndose únicamente la citación de Inversiones Martínez Palazuelos C. A., resultando forzoso para esta Juzgadora negar la solicitud de nueva compulsa pretendida por el apoderado de la parte accionante. Así se establece.
De igual forma se deja sin efecto la citación de Inversiones Martínez Palazuelos C. A., consecuencialmente suspendido el procedimiento hasta que la parte demandante solicite nuevamente la citación de todos los demandados. Así se decide.
La Juez
Dra. María Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobas Ramírez
Angel
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