REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 09 de Julio de 2010
200º y 151º

EXPEDIENTE Nº: AP11-F-2009-000267

PARTE SOLICITANTE: FRANCISCO JAVIER BRICEÑO REYES y CARMEN YELITZA MORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros V-17.368.063 y 17.528.172.-

ABOGADA ASISTENTE: AURA KEY TORO, Abogada en ejercicio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 33.148.-

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES (Conversión en Divorcio).-

TIPO SENTENCIA: DEFINITIVA.-


Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado en fecha 26 de Marzo de 2009, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Civiles, Mercantiles, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER BRICEÑO REYES y CARMEN YELITZA MORA, plenamente identificados, asistidos por la abogada, AURA KEY TORO, mediante el cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos y Bienes; alegaron que contrajeron matrimonio el día 22 de Febrero de 2008, por ante la Directora de Registro Civil del Municipio Bolivariano Libertador, según se desprende de Acta de Matrimonio consignada N° 139. Que de su unión no procrearon hijos ni adquirieron bienes de fortuna.-
En fecha Primero (01) de Junio de 2009, este Tribunal, exhorto a los cónyuges a la reconciliación y sin haberse logrado la misma, por tal motivo se decretó la Separación de Cuerpos y Bienes.-
En fecha Primero (01) de Julio de 2010, comparecieron los ciudadanos FRANCISCO JAVIER BRICEÑO REYES y CARMEN YELITZA MORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros V-17.368.063 y 17.528.172, debidamente asistidos por la ciudadana AURA KEY TORO, Abogada en ejercicio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 33.148, solicitando se les declare la conversión en divorcio.-
Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
II
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente que los cónyuges ciudadanos FRANCISCO JAVIER BRICEÑO REYES y CARMEN YELITZA MORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros V-17.368.063 y 17.528.172, respectivamente, han vivido separados de cuerpo por más de UN (01) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales previstos en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, es procedente la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpo y Bienes solicitada.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges, FRANCISCO JAVIER BRICEÑO REYES y CARMEN YELITZA MORA, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los une, contraído el día 22 de Febrero de 2008, por ante la Directora de Registro Civil del Municipio Bolivariano Libertador.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Nueve (09) días del mes de Julio de Dos Mil Diez (2010).- Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY

LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. LEOXELYS VENTURINI
AMCDM/LV/ER