REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy veintisiete (27) de julio del año dos mil diez (2010), siendo las doce horas y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA ZULAY BRAVO DURÁN y la ABOGADA NELLY VARGAS SECRETARIA TEMPORAL; en compañía y a solicitud del apoderado judicial de la parte actora abogado JUAN CARLOS SILVA MALPICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.040; constituidos en la siguiente dirección señalada en la Comisión: Calle 5-B, entre calle Uslar y San Carlos, Quinta N°.19-31, Vista Alegre, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la OFERTA REAL decretada y ordenada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES con motivo de la SOLICITUD DE OFERTA REAL interpuesta por el ciudadano JHON PAUOL MORENO a favor del ciudadano JESÚS SALVADOR ZAMBRANO DAVILA, en el Expediente N° 11.059, comisión recibida por este Juzgado mediante proceso de Distribución de fecha 19 de julio de 2010.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley siendo atendido su llamado por el ciudadano JESÚS SALVADOR ZAMBRANO DAVILA, titular de la cédula de identidad Nro. 1.574.935. Acto continuo el tribunal Ofrece en este acto al ciudadano JESÚS SALVADOR ZAMBRANO DAVILA, el cheque Nro. 04002528, de fecha 10-03-2010, librado contra el Banco de Venezuela por la cantidad de DOSCIENTOS CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 205.000,00), a favor del ciudadano JESÚS SALVADOR ZAMBRANO DAVILA. Siendo las una y veinte minutos de la tarde se hizo presente en el acto el ciudadano JESUS ANSELMO RAMIREZ MEJIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 111, quien manifestó encontrarse en el acto para asistir al oferido. Seguidamente el ciudadano JESUS SALVADOR ZAMBRANO DAVILA, manifestó al tribunal no recibir el cheque, porque tenía que revisar sus cuentas, por lo que el Tribunal procede hacerle saber al oferido que tiene un plazo de tres (3) días para manifestar o no su voluntad de aceptar la suma de dinero oferida, por ante este Juzgado ubicado en Avenida Este 2, con Sur, piso 12, Edificio José Vargas, Los Caobos, Municipio Libertador del Distrito Capital, teléfono 0212-5767785, en las horas comprendidas entres las 8:30 a.m. a 3:30 pm., asimismo, se le hace saber que si dentro del mencionado plazo no comparece se procederá a la remisión del expediente al tribunal de la causa a los fines de continuar con el procedimiento de la oferta y subsiguiente depósito de la cosa ofertada. Así también, se le hace saber que de conformidad con el artículo 822 del Código de Procedimiento Civil, se ordena fotocopiar la presente acta y la misma dejarla en manos del oferido.- Acto seguido el tribunal ordena expedir copia certificada de toda la comisión, para ser agregada al copiador de acta llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 02:15 p.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,

ABG. ZULAY BRAVO DURÁN



EL OFERIDO Y SU ABOGADO ASISTENTE





EL APODERADO JUDICIAL
DEL OFERENTE
LA SECRETARIA TEMPORAL